La anticipación en la elección de nuevos
itinerarios en los cursos 3º y 4º de la ESO, introducidas por la Ley Orgánica
8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, se considera
una medida de prevención del abandono escolar temprano, razón por la cual,
cuenta con financiación por un lado, del Ministerio de Educación Cultura y
Deporte (MECD) y por otro, con financiación comunitaria a través del
Fondo Social Europeo (FSE).
Es importante señalar que desde el curso
2016-2017 coexistirán las siguientes categorías de operaciones:
· Materia troncal de Matemáticas de 3º de ESO: orientadas a las enseñanzas aplicadas o académicas.
· Itinerarios de 4º de ESO:
-Materias
de la opción
enseñanzas académicas: Matemáticas orientadas a las
enseñanzas académicas, Física y química,Biología
y geología, Latín y Economía.
- Materias de
la opción enseñanzas
aplicadas: Matemáticas
orientadas a las enseñanzas aplicadas, Ciencias aplicadas a la
actividad profesional, Tecnología, e Iniciación
a la actividad
emprendedora y empresarial.
Esto significa
que
se
tendrá que llevar
el riguroso control
de horas lectivas efectivamente impartidas de manera
independiente y separada según se trate
de una operación u otra.
El FSE las identifica como operaciones
independientes, de forma que cada una de ellas tendrá sus partes diarios de
firmas, sus partes mensuales de presencias y ausencias, sus agregados
provinciales y sus obligaciones de información y publicidad.
La justificación económica
de
las
operaciones
objeto
de
cofinanciación
se
realizará mediante la aplicación de un método simplificado consistente en la
utilización de un baremo de coste unitario de la hora lectiva de la enseñanza
de que se trate ,de manera que bastará multiplicar el número de horas lectivas
efectivamente impartidas por el coste unitario de la hora lectiva de FPB, de
Matemáticas de 3º de ESO o de las materias de los itinerarios de 4º de ESO,
previamente calculado en función del tipo de profesorado que las imparte.
Más allá de este cumplimiento formal, la
finalidad última de estas actividades es que la ciudadanía sea más consciente
del papel e impacto de la Unión Europea en su vida y en sus actividades
diarias, y que este mensaje, sea reconocido por las personas que participan en
las actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo”. Para conseguir este
objetivo, se implementarán medios adecuados de difusión de la información hacia
la opinión pública, utilizando, en su caso, las tecnologías de información y de
comunicación.
En cumplimiento del apartado 3 sobre las
verificaciones administrativas y los controles posteriores recogido en las
“Instrucciones relativas a la justificación económica de las Operaciones de
Formación Profesional Básica y de nuevos itinerarios de 3º y 4º de la ESO.
Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, FSE 2014-2020”, es
necesario realizar la verificación del cumplimiento de los siguientes
principios comunitarios:
Desarrollo sostenible (recogido en el Art. 8
del Reglamento UE
1303/2013),
Fomento de la igualdad
entre mujeres y hombres (recogido en el Art. 7 del Reglamento UE
1304/2013)
Fomento
de la igualdad de oportunidades y de la no discriminación (recogido en el
Art. 8 del Reglamento UE
1304/2013).